En esta entrada explicamos el origen de la tabla denominada Coeficientes Correctores que utilizamos en GESIA dentro del módulo de Importancia Relativa (IR) y que condiciona la relación entre el Error Tolerable por área y la cifra de IR. El objetivo es mantener la versión histórica y, al mismo tiempo, aclarar la terminología a la luz de las NIA‑ES para evitar ambigüedades.

1) Cálculo del Error Tolerable (ET)
En GESIA, el Error Tolerable (ET) tiene dos dimensiones según el grado de terminación del trabajo de auditoría: puede ser en fase de trabajo o en fase de informe; y se calcula en función de la Importancia Relativa (IR) correspondiente a cada fase:
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donde C es un factor de confianza que traduce el nivel de evidencia requerido para esa área. Este enfoque es coherente con la planificación basada en riesgos que recogen las NIA‑ES (materialidad y respuestas a los riesgos).
2) Terminología alineada con NIA‑ES: RI, RC y RD
El modelo estándar de riesgo de auditoría es:
Riesgo de auditoría (RA) = RI x RC x RD
- RI: Riesgo Inherente.
- RC: Riesgo de Control.
- RD: Riesgo de Detección (probabilidad de que nuestros procedimientos no detecten una incorrección material).
Fijado un RA objetivo, que se establece como el 5% por defecto, por encargo, el RD permitido por área se determina en función de RI y RC:

Esta relación procede del marco de las NIA‑ES 320/330 y de la guía práctica del ICJCE sobre materialidad.
Aclaración terminológica (histórico GESIA): en materiales previos puede aparecer “Riesgo de otros procedimientos de auditoría (ROPA)”. A efectos de esta metodología, ROPA debe entenderse como el riesgo de detección permitido (RD), que es el único componente que el auditor gestiona ajustando la naturaleza, el momento y la extensión de las pruebas (NIA‑ES 330).

3) De dónde sale el coeficiente C
Para transformar el RD permitido en un factor de confianza operativo, usamos la relación:
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Esta forma procede del enfoque probabilístico tradicional (Poisson/binomial) aplicado históricamente a técnicas de muestreo de auditoría y usado en ForSampling: a menor RD permitido (más exigencia de detección), mayor es C y, por tanto, menor ET. Es una traducción práctica ampliamente utilizada en literatura de muestreo y operacionalizada en GESIA y ForSampling desde las primeras versiones.
Aclaración conceptual (clave): En textos históricos de GESIA puede leerse C = −ln(R) con R = RI × RC × ROPA. Con la terminología actual, R debe interpretarse como el riesgo de detección permitido (RD) y, por tanto, la expresión correcta es C = −ln(RD). RI y RC se utilizan antes para obtener el RD (a partir del RA objetivo)

4) La tabla de coeficientes y su uso práctico
La tabla de Coeficientes Correctores preconfigurada en GESIA relaciona niveles de RD (p. ej., Ninguna 5%, Poca 7%, Moderada 12%, Sustancial 20%, Muy sustancial hasta 37%) con su correspondiente C = −ln(RD). El resultado es monótono:
- si el RD permitido disminuye (más exigencia), C aumenta, y el ET se reduce;
- si el RD permitido aumenta (menos exigencia), C disminuye, y el ET crece.
De este modo, el auditor puede ratificar la selección de nivel de evidencia con un cálculo transparente y repetible, manteniendo la coherencia entre áreas y encargos.
5) Ejemplo
Si la IR en fase de trabajo es 60.000 €, la confianza en sistemas de CI es moderada, el Riesgo Inherente es máximo, y el RD permitido asociado a esa combinación de riesgos es moderado (según la matriz interna), el coeficiente C resultante es 2,1, por lo que:

El ejemplo ilustra la lógica: mayor riesgo combinado ⇒ menor RD ⇒ mayor C ⇒ menor ET.
6) Nota aclaratoria y marco normativo
Los coeficientes del Máster de GESIA son orientativos y han sido calibrados con criterios conservadores. Cualquier modificación debe justificarse por el auditor y no es responsabilidad de Ensys Consultores, S.L.. Esta metodología es compatible con las NIA‑ES y la Guía 38, pero no es una prescripción normativa: la NIA‑ES 320 exige juicio profesional, revisión continua y documentación de la materialidad (materialidad para estados financieros y para la ejecución del trabajo), mientras que NIA‑ES 330 regula la respuesta a los riesgos evaluados.
Por otro lado, los apartados de la tabla donde C=1 no deberían usarse ya que reflejan situaciones extremas e imposibles donde IR=CIRET contraviniendo lo establecido en la NIA-ES 320.Esta tabla se modificará en próximas versiones del Máster para evitar confusiones.
Referencias
- Audit Sampling Guide, AICPA, abril de 2001 (origen histórico de la metodología empleada en GESIA).
- NIA‑ES 320 – Importancia relativa o materialidad (ICAC/ICJCE).
- Guía de Actuación 38 – Importancia relativa o materialidad (ICJCE, 2014)
- Entrada Blog Gesia Coeficientes correctores para el cálculo de la materialidad por áreas | Gesia.es – Blog
